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Derechos de uso y deberes

Normas para un mayor disfrute de su trayecto

Todos los usuarios de nuestros servicios tienen el derecho y la obligación de leer nuestras normas de uso, ya que la utilización de nuestros servicios, implica la aceptación de dichas normas.

  • Los menores de 4 años, tienen derecho a viajar gratis en los vehículos de la empresa, siempre que vayan acompañados de una persona en posesión del título de viaje correspondiente.
  • El usuario se comportará en todo momento con corrección, evitando molestar al resto de viajeros, así como distraer al conductor. El usuario se abstendrá de discutir con los empleados de la empresa, acatando en principio, sus decisiones y presentando la oportuna reclamación en las Oficinas de la Empresa concesionaria o a cualquier inspector de servicio.
  • No podrá subir al vehículo portando bultos que molesten a los viajeros u ocupen el espacio para el tránsito; ni portando animales, a excepción de los invidentes autorizados a viajar con perro-guía; ni llevando sustancias explosivas o peligrosas ni encontrándose sucio, en estado de embriaguez o afectado de drogadicción manifiesta y, en general, en cualquier estado o situación que atente al respeto debido a los restantes viajeros. Las bicicletas y los patinetes, deberán ir plegados y dentro de su bolsa/funda específica. Los carritos de bebé deberán plegarse para acceder al autobús en los servicios especiales de Feria.
  • Por seguridad se facilitará el uso de la rampa solo y exclusivamente, cuando el usuario que la solicite para subir y/o bajar del autobús, sea un usuario de: silla de ruedas, silla pediátrica, scooter pmr (de hasta 300 kg.), carrito gemelar y madre gestante con carrito de bebé, siempre y cuando la ocupación del vehículo lo permita. Deberán colocarse en sentido contrario a la marcha, con el freno accionado y debidamente sujetos con los cinturones del autobús.
  • Dentro del vehículo, no se permitirá a los viajeros fumar; producir ruidos innecesarios (gritar, cantar…); arrojar en el coche papeles o cualquier objeto inservible; comer o beber abrir ventanas con el aire acondicionado en funcionamiento.
  • El conductor, tendrá la obligación de facilitar cambio de como máximo 10 €, según el artículo 74º B del Reglamento para la Prestación del Servicio de Transporte Urbano de Almería. En el caso de recarga de Tarjetas de Abono, tendrán obligación de cambiar, cuando la tarjeta tenga un precio inferior a 10 €, hasta dicho importe; si el precio está comprendido entre 10 y 20 €, hasta este último importe y así, sucesivamente.
  • Los usuarios mantendrán durante todo el recorrido el título de viaje, teniendo la obligación de mostrarlo al agente de la empresa que lo requiera al efecto. El usuario que a su requerimiento no exhiba título válido de viaje, será sancionado con multa en la cuantía que el Ayuntamiento o el Sr. Alcalde-Presidente acuerde en cada momento.
  • Los bonobuses ordinarios, universitarios y de pensionista (10 viajes), podrán utilizarse en todas las líneas urbanas, optando a transbordo gratuito siempre y cuando se utilicen en un periodo inferior a 1 hora y entre líneas distintas.
  • Los bonos mensuales, podrán utilizarse libremente en cualquiera de las líneas urbanas.
  • Cuando el usuario desee subir al vehículo, deberá señalizarlo al conductor levantando la mano desde la parada, para hacerse visible. Así como pulsando el timbre, para solicitar la bajada del mismo, con la correspondiente antelación.
  • Si utiliza un billete de transbordo, recuerde que solo sirve para realizarlo entre líneas diferentes y en un período inferior a 1 hora.
  • Esta empresa dispone de Libro de Hojas de reclamaciones, que podrá solicitar en cualquiera de los autobuses, oficina y kiosko de información, teniendo que presentarla en este último, sito en avda. Federico García Lorca.